Ordinarios
Principio de no discriminación laboral; Capacidad e idoneidad;
ORD. N°898
04-jul-2023
Cualquier requisito exigido para la contratación de una persona, en materia laboral, que no se base en la capacidad o idoneidad personal del trabajador, para la ejecución o desarrollo de aquellas tareas o funciones que, por su naturaleza, no exijan, podría constituir un acto de discriminación arbitraria.
Referencias al Código del Trabajo
TITULO PRELIMINAR
Capítulo III DE LA NACIONALIDAD DE LOS TRABAJADORES
Capítulo III DE LA NACIONALIDAD DE LOS TRABAJADORES