Ordinarios
Remuneraciones; Descuentos; Asignación por desempeño en condiciones difíciles;
ORD. N°1092
08-ago-2023
Los descuentos por los que se consulta deberán efectuarse previo acuerdo por escrito entre empleador y trabajador, conforme lo establece el artículo 58 inciso 3° del Código del Trabajo, respetando el tope del 15% de la remuneración total del Trabajador.
Referencias al Código del Trabajo
Capítulo VI DE LA PROTECCION A LAS REMUNERACIONES