El empleador constituido como Persona Jurídica, debe realizar el trámite a través de su Representante Laboral Electrónico, quien debe ingresar al portal Mi DT mediante la utilización de su clave única. En el caso del empleador individual (Empresario Individual y Persona Natural), debe ingresar al portal Mi DT con su respectiva clave única. Para más información respecto al ingreso, diríjase al Manual de Usuario.
Última modificación: 14/12/2023