En el contexto de la Ley Nº 21.342, las empresas que al 01.06.2021 se encontraban realizando actividades laborales presenciales, han debido confeccionar un Protocolo de Seguridad Sanitaria Laboral COVID-19, en un plazo no mayor de diez días hábiles a partir de dicha fecha.
(Ver: Ley N°21.342, artículo 7, inciso 2°; Dictamen N°1702/21 de 23.06.2021)
Última modificación: 07/10/2021