La cobertura del seguro se mantendrá en el evento que la relación laboral concluya por cualquier causa y hasta el plazo de vigencia de la contratación que es de un año.
Los empleadores no estarán obligados a contratar un nuevo seguro respecto de aquellos trabajadores que tengan vigente la cobertura del seguro.
(Ver: Ley N°21.342, artículo 23)
Última modificación: 07/10/2021