El caso fortuito es una situación completamente ajena a la voluntad de las partes y que impide el desarrollo de las labores acordadas en el contrato. Ejemplos de caso fortuito o fuerza mayor son un naufragio, terremoto.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil, se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto a que no es posible resistir como un naufragio, un terremoto, los actos de autoridad ejercidos por funcionarios públicos, etc. De esta manera, el caso fortuito o fuerza mayor debe ser inimputable, vale decir, debe provenir de una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes; imprevisible, esto es, que no se haya podido prever dentro de los cálculos ordinarios y corrientes; e irresistible, es decir, que no se haya podido evitar, ni aun en el evento de oponerse las defensas idóneas para lograr tal objetivo.
(Ver: Código del Trabajo, artículo 159 N°6 ; Dictamen 1922/034 del 20/04/2015)
Última modificación: 29/05/2024