Permite generar espacios de comunicación y cooperación para abordar un conflicto laboral colectivo.
La mediación laboral es un modelo alternativo de solución de conflictos en el que las partes (trabajadores, trabajadoras, sindicatos, empleadores y empleadoras) ) buscan generar soluciones auxiliadas por un tercero imparcial, quien actúa como moderador para facilitar la comunicación y el diálogo.
{{mensaje[reloj]:El trámite se puede realizar durante todo el año en el sitio web y oficinas de la Inspección del Trabajo.}}
Trabajadores, trabajadoras, sindicatos, empleadores y empleadoras que deseen acudir voluntariamente a mediación laboral.
Importante: antes de que la Dirección del Trabajo (DT) lo contacte para realizar la mediación, su solicitud será analizada para determinar si procede en el caso expuesto este servicio, lo que será comunicado a través de correo electrónico.
Ir al trámite en líneaImportante: Antes de que la Dirección del Trabajo (DT) lo contacte para realizar la mediación, su solicitud será analizada para determinar si procede en el caso expuesto este servicio, lo que será comunicado a través de correo electrónico.
El plazo para gestionar el requerimiento es de, aproximadamente, ocho semanas. No obstante, las partes y la persona que realice la mediación pueden definir un plazo mayor.
Decreto con fuerza de ley (DFL) N° 2, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social (Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo).