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FERIADO, COLECTIVO, vacaciones
FERIADO, COLECTIVO, vacaciones

¿En qué situación queda el trabajador a quien se le ha dado el preaviso de término de contrato si el empleador dispone el feriado colectivo?

De acuerdo a lo establecido por le Dirección del Trabajo en dictamen 300/3, de 20/01/2003, el otorgamiento del beneficio del feriado colectivo suspende el plazo de preaviso de término de contrato por la causal prevista en el inciso 1º del artículo 161 del Código del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa, establecimiento o servicio. Finalmente, cabe indicar que una vez terminado el feriado colectivo el plazo del aviso de término de contrato, que se encontraba suspendido, seguirá corriendo hasta completarse.

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De acuerdo a lo establecido por le Dirección del Trabajo en dictamen 300/3, de 20/01/2003, el otorgamiento del beneficio del feriado colectivo suspende el plazo de preaviso de término de contrato por la causal prevista en el inciso 1º del artículo 161 del Código del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa, establecimiento o servicio. Es del caso señalar que el feriado colectivo así como el preaviso de término de contrato, son beneficios de distinta naturaleza, de manera tal que no pueden superponerse, ni aún por el derecho del empleador de imponer a sus dependientes el feriado colectivo. Finalmente, cabe indicar que una vez terminado el feriado colectivo el plazo del aviso de término de contrato, que se encontraba suspendido, seguirá corriendo hasta completarse.
(Ver: Código del Trabajo, artículo 76; Código del Trabajo, artículo 162; Dictamen 300/3 del 20/01/2003)

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Última modificación: 07/10/2021

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