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Terminación de Contrato, Aviso de despido
Terminación de Contrato, Aviso de despido

¿Cómo se computa el plazo de aviso de despido por la causal de necesidades de la empresa?

El plazo de aviso de despido por necesidades de la empresa, establecimiento o servicio o por desahucio, se cuenta por días completos a partir de las 00:00 horas del día siguiente al aviso y termina a las 24 horas del dia 30. Por ejemplo, si el trabajador es notificado personalmente del término de su contrato el día 17 de octubre a las 18:00 horas, el cálculo del plazo deberá iniciarse a las 00:00 horas del día siguiente, 18 de octubre, venciendo el 16 de noviembre a las 24:00 horas.

Terminación de Contrato, Aviso de despido
Terminación de Contrato, Aviso de despido
Cuando el empleador invoca la causal de necesidades de la empresa para poner término al contrato de trabajo, debe dar al dependiente un aviso escrito con una anticipación de 30 días, a lo menos, salvo que pague una indemnización sustitutiva equivalente a la última remuneración mensual devengada. Para computar el plazo de aviso debe aplicarse el artículo 48 inciso 1° del Código Civil, que establece que todos los plazos de días, meses o años de que se haga mención en las leyes o en los decretos del Presidente de la República, de los Tribunales o Juzgados, han de ser completos, y correrán hasta la media noche del último día del plazo. Hay que tener presente que el día tiene una duración de 24 horas y se comienza a contar desde las 00:00 horas de un día determinado hasta las 24 horas del mismo. Así, para computar el plazo de aviso, por la causal de necesidades de la empresa, establecimiento o servicio, como en la de desahucio o cualquier otra causal, deben contabilizarse días completos. Así, por ejemplo, si el dependiente es notificado personalmente del término de su contrato por alguna de las citadas causales el día 17 de octubre a las 18 horas, el cómputo del plazo de que se trata deberá iniciarse a las 00:00 horas del día siguiente, esto es, 18 de octubre, venciendo, por lo tanto, el 16 de noviembre a las 24 horas.
(VER: Código del Trabajo, articulo 162; Código Civil, artículos 48 y 162; Dirección del Trabajo, Dictamen 6018/311, de 09/10/1997)
Terminación de Contrato, Aviso de despido
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Última modificación: 01/03/2024

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