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Período

Ordinarios

permiso por matrimonio; Cómputo de días;

ORD. N°4638

24-nov-2014

Responde lo que indica.

permiso matrimonio, cómputo días,

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

DEPARTAMENTO JURIDICO

9418(1619)2014

ORD. N° 4638 /

MAT.: Permiso por matrimonio; Cómputo de días

RORD.: Responde lo que indica.

ANT.: 1) Instrucciones de 30.10.2014, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

2) Ord. N° 2126 de 11.08.2014, de Inspectora Provincial de Santiago.

SANTIAGO, 24.11.2014

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A : INSPECTORA PROVINCIAL DE SANTIAGO

Mediante oficio del antecedente 2), ha solicitado que esta Dirección fije el sentido y alcance de las leyes N°s 20761 y 20764, publicadas el 22 y 18 de julio del año en curso, respectivamente.

Al respecto, cumplo con remitir los Dictámenes N°s 3413/055 de 03.09.2014 y 3342/048 de 01.09.2014, los cuales fijaron el sentido y alcance de las leyes N°s 20761 y 20764, respectivamente.

Ahora bien, respecto de sus consultas, referentes al permiso por matrimonio no analizadas en los pronunciamientos jurídicos señalados, acerca de si el plazo de 30 días de anticipación con que el trabajador debe comunicar al empleador la celebración de la ceremonia para hacer uso del beneficio es de días hábiles o corridos, cumplo con informar a Ud., que el artículo 50 del Código Civil, sobre la materia, establece:

"En los plazos que se señalaren en las leyes o en los decretos del Presidente de la República, o de los tribunales o juzgados, se comprenderán aún los días feriados; a menos que el plazo sea de días útiles, expresándose así, pues en tal caso no se contarán los feriados."

De la norma legal transcrita precedentemente, es posible concluir, que el referido plazo es de días corridos, al igual que el plazo de 30 días, otorgado al trabajador para presentar el certificado del Servicio de Registro Civil e Identificación a su empleador.

Asimismo, respecto de la procedencia de sancionar al trabajador por la falta de presentación del certificado de matrimonio emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, porque el matrimonio no se hubiere celebrado u otra causa, en opinión del suscrito, habría que analizar caso a caso, pudiendo proceder eventualmente, el descuento de los días no laborados por inasistencia injustificada del trabajador o trabajadora.

Saluda a Ud.,

JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO

ABOGADO

JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

SOG/MOP

Distribución:

-Jurídico - Partes - Control

ORD. N°4638
permiso matrimonio, cómputo días,

Catalogación

permiso matrimonio, cómputo días,