Ordinarios
Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Certificación;
ORD. N°4115
05-sep-2017
Atiende solicitud de Sr. Enrique Rathgeb Penza, en representación de empresa Ingeniería LERP Ltda., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.
DEPARTAMENTO JURIDICO
K6149 (1402) 2017
ORD.:4115/
MAT.: Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Certificación;
RORD.: Atiende solicitud de Sr. Enrique Rathgeb Penza, en representación de empresa Ingeniería LERP Ltda., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.
ANT.: 1) Memo N°249, de 18.08.2017, de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información.
2) Memo N°53, de 10.07.2017, de Jefe Departamento Jurídico.
3) Presentación de 03.07.2017, de Sr. Enrique Rathgeb Penza, en representación de empresa Ingeniería LERP Ltda.
SANTIAGO, 05.09.2017
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
A : SR. ENRIQUE RATHGEB PENZA
EMPRESA INGENIERÍA LERP LTDA.
MEDINACELLI N°1213
LAS CONDES
Mediante presentación del antecedente 3), la empresa Ingeniería LERP Ltda., ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado Asislerp 701 2017, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016.
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante acompañó informe de certificación emitido por la empresa Mantenimiento Industrial E.I.R.L., Rut N°76.530.187-4, suscrito por el Sr. Raúl Reyes Valle.
En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los aspectos técnicos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo al citado dictamen.
Dicho trámite fue evacuado mediante el memorándum de antecedente 1), señalando que el sistema cumple con las exigencias vigentes sobre la materia, habiendo subsanado las observaciones formales que se realizaron.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado Asislerp 701 2017, propuesto por la empresa Ingeniería LERP Ltda., se ajusta a las exigencias que sobre la materia establece el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016, por lo que resulta válida su utilización en el contexto de las relaciones laborales. Lo anterior, no obsta a las observaciones o infracciones que pudieren detectarse y sancionarse por parte de esta Dirección a través de fiscalizaciones en terreno.
Saluda a Ud.,
JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
LBP/RCG
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