Ordinarios
Registro de asistencia y determinación de horas de trabajo; Certificación;
ORD. N°732
07-feb-2018
Atiende presentación de empresa Randstad de Servicios Transitorios Ltda., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.
DEPARTAMENTO JURIDICO
K10106 (2257) 2017
ORD.:732/
MAT.: Registro de asistencia y determinación de horas de trabajo; Certificación;
RORD.: Atiende presentación de empresa Randstad de Servicios Transitorios Ltda., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.
ANT.: 1) Carta de 29.01.2018, de empresa Randstad de Servicios Transitorios Ltda.
2) Memo N°403 de 15.12.2017, de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información.
3) Memo N°77, de 06.11.2017, de Jefe Departamento Jurídico.
4) Presentación de 19.10.2017, de Sr. Rodolfo Vignati Rodríguez, en representación de empresa Randstad de Servicios Transitorios Ltda.
SANTIAGO, 07.02.2018
DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
A : SR. RODOLFO VIGNATI RODRÍGUEZ
EMPRESA RANDSTAD DE SERVICIOS TRANSITORIOS LTDA.
AVENIDA APOQUINDO N°4501, OFICINAS 501 - 502
LAS CONDES
Mediante su presentación del antecedente 4), complementada a través de carta de antecedente 1), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si la solución de registro y control de asistencia que presenta, denominada Randstad On Move (ROM), versión 3.6, y su respectivo proceso de verificación, se ajusta a las exigencias que sobre la materia establece el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016.
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la recurrente ha presentado un informe de certificación emitido por la empresa Asesorías Computacionales Limitada, Rut N°76.003.061-9, suscrito por el Sr. Mirko Drpic González.
En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los aspectos técnicos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo al citado dictamen.
Dicho trámite fue evacuado mediante el memorándum de antecedente 2), señalando que la plataforma cumple con las exigencias que establece el pronunciamiento citado.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que, de acuerdo al informe de certificación que se ha tenido a la vista, el sistema de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, denominada Randstad On Move (ROM), versión 3.6, propuesto por la empresa Randstad de Servicios Transitorios Ltda., se ajusta a las exigencias que sobre la materia establece el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016, por lo que resulta válida su utilización en el contexto de las relaciones laborales. Lo anterior, no obsta a las observaciones o infracciones que pudieren detectarse por parte de esta Dirección a través de fiscalizaciones en terreno.
Saluda a Ud.,
LORETO BARRERA PEDEMONTE
ABOGADO
JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
RGR/RCG
Distribución:
Jurídico
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