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Ordinarios

Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Certificación;

ORD. N°2593

06-jun-2018

Atiende solicitud de empresa Minera Escondida Ltda., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

registro especial asistencia y determinación horas trabajo, certificación,

DEPARTAMENTO JURIDICO

K7697 (1740) 2017

ORD.:2593/

MAT.: Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Certificación;

RORD.: Atiende solicitud de empresa Minera Escondida Ltda., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

ANT.: 1) Correo electrónico de 28.05.2018, de SubJefe Departamento de Tecnologías de la Información.

2) Correo electrónico de 28.05.2018, de Sr. Eduardo Durán Oliva, en representación de empresa Minera Escondida Ltda.

3) Correo electrónico de 18.04.2018, de Sr. Juan Campos, en representación de empresa Minera Escondida Ltda.

4) Memo N°330, de 03.11.2017, de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información.

5) Memo N°66, de 28.08.2017, de Jefe Departamento Jurídico.

6) Presentación de 09.08.2017, de Sr. Ariel Huenchullan, en representación de empresa Minera Escondida Ltda.

SANTIAGO, 06.06.2018

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A : SR. ARIEL HUENCHULLAN

EMPRESA MINERA ESCONDIDA LTDA.

AVENIDA DE LA MINERÍA N°501

ANTOFAGASTA

Mediante presentación del antecedente 6), complementada a través de correos electrónicos de antecedentes 2) y 3), la empresa Minera Escondida Ltda., ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado “RCAe”, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016.

Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la empresa señalada, acompañó informe de certificación emitido por la empresa Segic Usach Ltda., Rut N°77.045.700-9, suscrito por el Sr. Eduardo Durán Oliva.

En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los aspectos técnicos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo al citado dictamen.

Dicho trámite fue evacuado mediante memorándum de antecedente 4), señalando que en la información adjunta no se apreciaban evidencias de la disposición de la plataforma web para fiscalización laboral remota, usando protocolo HTTPS.

Posteriormente, a través de correos electrónicos de antecedentes 2) y 3), la recurrente complementó su presentación, acompañando la información necesaria para corroborar la corrección de la observación realizada.

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que, el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado RCAe, propuesto por la empresa Minera Escondida Ltda., se ajusta a las exigencias que sobre la materia establece el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016, por lo que resulta válida su utilización en el contexto de las relaciones laborales. Lo anterior, no obsta a las observaciones o infracciones que pudieren detectarse y sancionarse por parte de esta Dirección a través de fiscalizaciones en terreno.

Saluda a Ud.,

JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO

ABOGADO

JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

LBP/RCG

Distribución:

Jurídico

Partes

Control

ORD. N°2593
registro especial asistencia y determinación horas trabajo, certificación,

Catalogación

registro especial asistencia y determinación horas trabajo, certificación,