Ordinarios
Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Certificación;
ORD. N°5194
09-oct-2018
Atiende solicitud de empresa Gaxu S.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.
DEPARTAMENTO JURIDICO
K10134 (2027) 2018
ORD.:5194
MAT.: Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Certificación;
RORD.: Atiende solicitud de empresa Gaxu S.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.
ANT.: 1) Correo electrónico de 04.10.2018, de Sr. Gonzalo Toledo Brito en representación de empresa Gaxu S.A.
2) Correo electrónico de 24.09.2018, de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información.
3) Correo electrónico de 13.09.2018 de Departamento Jurídico.
4) Presentación de 05.09.2018, de Sr. Gabriel Argomedo Galarce, en representación de empresa Gaxu S.A.
SANTIAGO, 09.10.2018
DE : JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)
A : SR. GONZALO TOLEDO BRITO
EMPRESA GAXU S.A.
AVENIDA PROVIDENCIA N°1760, OFICINA 503
PROVIDENCIA
Mediante presentación del antecedente 4), complementada a través de correo electrónico de antecedente 1), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presentan, denominado "Prosago", y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes Nº1140/027, de 24.02.2016 y N°5849/133, de 04.12.2017.
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, las compañías señaladas, acompañaron informe de certificación emitido por la empresa Agencia Certificadora Chilena S.p.A., Rut N°76.900.071-2, suscrito por el Sr. Gabriel Argomedo Galarce.
En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los aspectos técnicos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo a los citados dictámenes.
Dicho trámite fue evacuado mediante correo electrónico de antecedente 2), señalando que la documentación acompañada no incluía las credenciales de acceso al portal de fiscalización.
Posteriormente, a través de correo electrónico de antecedente 1), se complementó la presentación, acompañando la información necesaria para subsanar la omisión señalada.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia presentado por la empresas Gaxu S.A., denominado "Prosago", se ajusta a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes Nº1140/027, de 24.02.2016 y N°5849/133, de 04.12.2017, por lo que resulta válida su utilización en el contexto de las relaciones laborales. Lo anterior, no obsta a las observaciones o infracciones que pudieren detectarse y sancionarse por parte de esta Dirección a través de fiscalizaciones en terreno.
Saluda a Ud.,
SONIA MENA SOTO
ABOGADA
JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
LBP/RCG
Distribución:
Jurídico
Partes
Control