Ordinarios
Sistema de votación electrónica; Requisitos;
ORD. N°2161
11-jun-2019
Informa respecto a los requisitos que debe cumplir una plataforma tecnológica destinada a votación electrónica en el ámbito de las relaciones laborales
DEPARTAMENTO JURÍDICO
UNIDAD DE PRONUNCIAMIENTOS,
INNOVACIÓN Y ESTUDIOS LABORALES
E 4447 (327) 2019
ORD.:2161
MAT.: Sistema de votación electrónica; Requisitos;
RORD.: Informa respecto a los requisitos que debe cumplir una plataforma tecnológica destinada a votación electrónica en el ámbito de las relaciones laborales
ANT.: 1) Instrucciones de 23.05.2019 y 26.02.2019, de Jefa de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho
2) Presentación de 06.02.2019, de don Juan Morales Rojas, Secretario General Asociación de Empleados de Tesorerías de la República
SANTIAGO, 11.06.2019
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
A : JUAN MORALES ROJAS
SEC GRL ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS DE TESORERÍAS DE LA REPÚBLICA
VALENTÍN LETELIER Nº 1373, TORRE C, OF 506
SANTIAGO
Mediante presentación del antecedente 2), ha solicitado información respecto a los requisitos que debe cumplir un sistema informático para la realización de votación electrónica de una asociación a nivel nacional o regional.
Al respecto, cabe informar que este Servicio mediante Dictamen Nº3362/53 de 01.09.2014 (cuya copia se adjunta), fijó los requisitos que debe cumplir un sistema tecnológico a fin de que sea utilizado válidamente como plataforma de votación electrónica en el ámbito de las relaciones laborales.
En síntesis, tales requisitos procuran que el referido sistema asegure el total anonimato del electorado, sea auditable, disponga de medidas de seguridad que impidan la intervención de terceros ajenos a la votación y, además, cuente con niveles de codificación que aseguren la integridad de la información y la transparencia del proceso eleccionario.
Saluda a Ud.,
DAVID ODDÓ BEAS
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
MBA/PRC
Distribución:
Jurídico, Partes, Control