Contenido principal

Dictámenes y Normativa

Búsqueda simple
Ejemplo: 4919/115
Período

Ordinarios

Registro especial de asistencia y determinación horas de trabajo;

ORD. N°4945

17-oct-2019

El sistema de registro y control de asistencia denominado “Biometría Aplicada”, presentado por la empresa del mismo nombre, no se ajusta a todas las exigencias establecidas por los dictámenes Nº1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral. Sin perjuicio de lo anterior, la compañía recurrente puede volver a presentar su solicitud una vez subsanadas las observaciones señaladas en el presente informe.

Registro especial de asistencia y determinación horas de trabajo;

Departamento Jurídico y Fiscalía

Unidad de Pronunciamientos,

Innovación y Estudios Laborales

E27278 (1608) 2019

ORD. N°4945

MAT.: Registro especial de asistencia y determinación horas de trabajo;

RORD.: El sistema de registro y control de asistencia denominado "Biometría Aplicada", presentado por la empresa del mismo nombre, no se ajusta a todas las exigencias establecidas por los dictámenes Nº1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral. Sin perjuicio de lo anterior, la compañía recurrente puede volver a presentar su solicitud una vez subsanadas las observaciones señaladas en el presente informe.

ANT.: 1) Instrucciones de 10.10.2019, de Jefe Departamento Jurídico y Fiscal.

2) Correo electrónico de 09.09.2019 de Departamento de Tecnologías de la Información.

3) Correo electrónico de 07.08.2019 de Departamento Jurídico y Fiscalía.

4) Presentación de 31.07.2019 de Sra. Elena Zúñiga Pacheco, en representación de empresa Biometría Aplicada S.p.A.

SANTIAGO, 17.10.2019

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

A : SRA. ELENA DEL TRÁNSITO ZÚÑIGA PACHECO

EMPRESA BIOMETRÍA APLICADA S.P.A.

CHACABUCO N°4B

SANTIAGO

Mediante presentación del antecedente 3), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado "Biometría Aplicada", y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes Nºs.1140/027, de 24.02.2016 y 5849/133, de 04.12.2017.

Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante acompañó informe de certificación emitido por la empresa Tecinf Aplicada D3 S.p.A., no se indica Rut, suscrito por el Sr. Eduardo Durán Oliva.

En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los aspectos técnicos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo al citado dictamen.

Dicho trámite fue evacuado mediante correo electrónico de antecedente 1) manifestando las siguientes observaciones:

1-. En cuanto a lo dispuesto en el dictamen 1140/027, cabe señalar:

1.1-. Respecto del N°7 Acceso a la fiscalización: No se pudo validar.

1.2-. Respecto del N°5 Disponibilidad del servicio: No se pudo validar. Respecto de los datacenter y servicios de GTD, se debe adjuntar el contrato vigente que se mantiene con el prestador del servicio.

1.3-. Respecto del N°6.3 Disponibilidad de la plataforma: No se pudo validar.

1.4-. Respecto del N°6.4 GPS: No se presenta evidencia clara acerca de la utilización del sistema móvil geocheck, el cual pertenecería a otro fabricante.

2-. En cuanto a lo dispuesto en el dictamen 5849/133, cabe señalar:

2.1-. Respecto del N°2.5 Sistemas operativos vigentes: No se acompaña evidencia suficiente respecto de las versiones de sistema operativos y motor de base de datos con que trabaja la plataforma. En tal contexto, se sugiere acompañar información de la pestaña del summary de cada una de las máquinas virtuales en VSphere. En cuanto a las versiones de motor de base de datos, se debe acompañar evidencia (La imagen) con la ejecución del comando SELECT @@VERSION, en que sea posible verificar la instancia de la base de datos.

2.2 Respecto del N°2.6, vale decir, que el sistema de base de datos debe estar protegido con mecanismos que aseguren la disponibilidad del servicio de almacenamiento de información y de sus respaldos: No se pudo validar, dado que no fue posible acceder al sitio Web. Se realiza la misma recomendación señalada en el N°1.2-. precedente.

2.3-. Respecto del N°1.7 Reportes: No se pudo verificar la existencia de los reportes exigidos dada la imposibilidad de acceder al sitio Web.

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia presentado por la empresa Biometría Aplicada S.p.A., denominado "Biometría Aplicada", no se ajusta a todas las exigencias establecidas por los dictámenes Nºs.1140/027, de 24.02.2016 y 5849/133, de 04.12.2017, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral. Lo anterior, no obsta a que, una vez subsanadas las observaciones realizadas, la solicitud de autorización pueda ser nuevamente ingresada a este Servicio.

Saluda atentamente a Ud.,

DAVID ODDÓ BEAS

ABOGADO

JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

MBA/RCG

Distribución:

Jurídico;

Partes.

ORD. N°4945
Registro especial de asistencia y determinación horas de trabajo;

Catalogación

Registro especial de asistencia y determinación horas de trabajo;