Ordinarios
Registro especial asistencia y determinación horas de trabajo;
ORD. N°700
05-feb-2020
Al no haber sido posible analizar la documentación exigida por la normativa vigente, este Servicio no puede emitir el pronunciamiento solicitado.
Departamento Jurídico y Fiscalía
Unidad de Pronunciamientos,
Innovación y Estudios Laborales
E34073 (1923) 2019
ORD. N°700
MAT.: Sistema de registro y control de asistencia electrónico.
RORD.: Al no haber sido posible analizar la documentación exigida por la normativa vigente, este Servicio no puede emitir el pronunciamiento solicitado.
ANT.: 1) Revisión de 04.02.2020, de Jefe Departamento Jurídico y Fiscal.
2) Presentación de 04.09.2019 de Sr. Roberto Montoya, en representación de empresa Sistemas de Auditorías Digitales S.A.
SANTIAGO, 05.02.2020
DE:JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
A:SR. ROBERTO MONTOYA M.
EMPRESA SISTEMAS DE AUDITORÍAS DIGITALES S.A.
CRESCENTE ERRÁZURIZ N°1875
ÑUÑOA
Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado "IAUDASIS", y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes Nº1140/027, de 24.02.2016 y N°5849/133, de 04.12.2017.
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante acompañó informe de certificación emitido por la empresa Segic Usach Ltda., no se indica Rut, suscrito por el Sr. Eduardo Durán Oliva.
En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los aspectos técnicos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo con los citados dictámenes.
Dicho trámite fue evacuado manifestando las siguientes observaciones:
1-. Al intentar recuperar la documentación técnica desde la url indicada en la presentación, la página arroja un error que impide acceder a los antecedentes ofrecidos.
2-. Al revisar el informe de certificación se constata que se acompañan evidencias asociadas al sistema de registro y control de asistencia IZY TIME CONTROL, desarrollado por otra compañía.
En conclusión, atendido lo señalado en los párrafos que anteceden y lo dispuesto en la jurisprudencia administrativa invocada, cumplo con informar a usted que, al no haber sido posible analizar la documentación exigida por la normativa vigente, este Servicio no puede emitir el pronunciamiento solicitado. Lo cual no obsta al reingreso de la solicitud.
Saluda atentamente a Ud.,
DAVID ODDÓ BEAS
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
MDM/RCG
Distribución:
Jurídico;
Partes;