Ordinarios
Sistema registro y control de asistencia; Solicita Información;
ORD. N°1517
28-abr-2020
1.- La Dirección del Trabajo no mantiene registros sobre los datos solicitados, toda vez que se traba de información pública disponible en el sitio Web institucional www.direcciondeltrabajo.cl. 2.- Para determinar si un determinado sistema de control de asistencia se ajusta o no a la normativa vigente, los empleadores deben disponer de copia del respectivo acto administrativo aprobatorio, el cual debe ser exhibido a los inspectores del trabajo en el marco de lo procesos de fiscalización.