Ordinarios
Competencia Dirección del Trabajo; Prácticas antisindicales y desleales; Tribunales de Justicia;
ORD. N°1705
26-may-2020
Este Servicio carece de competencia para calificar si una determinada conducta es o no constitutiva de una práctica antisindical o desleal, facultad que ha sido conferida de forma exclusiva a los Tribunales de Justicia.
Referencias al Código del Trabajo
Capítulo IX DE LAS PRACTICAS ANTISINDICALES Y DE SU SANCION
Párrafo 6º Del Procedimiento de Tutela Laboral