Ordinarios
Competencia Dirección del Trabajo; Empleador; Deber de Protección; Mediación Laboral;
ORD. N°91
12-ene-2021
Este Servicio carece de competencia para exigir al empleador que ponga disposición de los trabajadores los medios de transporte necesarios para concurrir a sus labores y regresar a sus domicilios, sin perjuicio de lo que las partes puedan convenir sobre el particular.
Referencias al Código del Trabajo
Título I Normas Generales