Ordinarios
Docentes; Horas curriculares no lectivas, improcedencia de las horas de libre disposición;
ORD. N°2025
24-nov-2022
El representante del Colegio debe modificar los anexos de contratos de los docentes, de tal manera que las horas de trabajo curriculares no lectivas sean realizadas en su totalidad en el establecimiento educacional, para dar cumplimiento al objetivo del legislador de que ellas sean desarrolladas entre pares, en las tareas asociadas al proceso de enseñanza.