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Dictámenes y Normativa

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Período

Dictámenes

Feriado Legal; Acumulación;

ORD. N°1751/35

06-oct-2022

1.- Procede indemnizar la totalidad de los períodos de feriado acumulados en caso de término de contrato, aun cuando se exceda el máximo de dos períodos de acumulación que permite la ley. 2.- Niega lugar a la reconsideración del Dictamen N°6017/310, de 09.10.1997 por cuanto la doctrina allí contenida se encuentra plenamente ajustada a derecho.

feriado legal, acumulación,
ORD. N°1751/35
feriado legal, acumulación,

Catalogación

Concordancias directas:dictamen 6017/310 de 09.10.1997
Referencias legales: codigo del trabajo, articuo 70
feriado legal, acumulación,