Ordinarios
Organizaciones Sindicales; Denuncia discriminación; Competencia Dirección del Trabajo; Tribunales de Justicia;
ORD. N°2056
30-nov-2022
La Dirección del Trabajo carece de competencia para resolver la situación planteada a través de un pronunciamiento jurídico, puesto que no es susceptible de ser dilucidada en esta sede al resultar estrictamente necesaria la admisión de pruebas y su ponderación, materia que escapa a la competencia de este Servicio y que debe ser resuelta por los Tribunales de Justicia.
Referencias al Código del Trabajo
TITULO PRELIMINAR
Capítulo I De los Juzgados de Letras del Trabajo y de los Juzgados de Cobranza Laboral y Previsional