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Dictámenes y Normativa

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Período

Ordinarios

Elecciones Plebiscitos; Feriado obligatorio; Trabajadores del Comercio, Centros comerciales;

ORD. N°691

12-feb-2013

Los días de elecciones y plebiscitos, constituyen días de descanso obligatorio para los trabajadores de empresas de servicios transitorios que presten servicios de esta naturaleza en restaurantes, ubicados dentro de centros comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica, específicamente al interior de un mall, exceptuados del descanso dominical y de sus días festivos en virtud del N°7 del artículo 38 del Código del Trabajo, y por ende, no les asiste la obligación de prestar servicios en dichos días.

elecciones plebiscitos, feriado obligatorio, trabajadores comercio, centros comerciales,
ORD. N°691
elecciones plebiscitos, feriado obligatorio, trabajadores comercio, centros comerciales,

Referencias al Código del Trabajo

Párrafo 4º Descanso semanal
Título III DEL REGLAMENTO INTERNO
Título II DE LA PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD, LA PATERNIDAD Y LA VIDA FAMILIAR
Capítulo I Del Reglamento Interno

Catalogación

elecciones plebiscitos, feriado obligatorio, trabajadores comercio, centros comerciales,