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Período

Ordinarios

Negociación Colectiva; Nómina de Empresas o establecimientos que no pueden ir a huelga; Art. 384 del Código del Trabajo;

ORD. N°2079

22-may-2013

Remite presentación de doña Waleska Carolina Becerra Reyes, en representación de la empresa Becerra Construcciones Eléctricas Limitada, sobre procedencia jurídica de aplicar, en su caso, el artículo 384, letra a), del Código del Trabajo, por corresponderle su conocimiento y resolución.

negociación colectiva, nómina empresas o establecimientos que no pueden ir huelga, art. 384 código trabajo,
ORD. N°2079
negociación colectiva, nómina empresas o establecimientos que no pueden ir huelga, art. 384 código trabajo,

Referencias al Código del Trabajo

Título VI De la Huelga y del Cierre Temporal de la Empresa
Capítulo II DE LA MEDIACIÓN LABORAL DE CONFLICTOS COLECTIVOS

Catalogación

Concordancias directas:ordinario 2079, 22.05.2013
negociación colectiva, nómina empresas o establecimientos que no pueden ir huelga, art. 384 código trabajo,