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Período

Ordinarios

Competencia Dirección del Trabajo; Corporación Municipal; Licencias médicas rechazadas; Descuento en las remuneraciones;

ORD. N°107

24-feb-2025

La Dirección del Trabajo carece de competencia para autorizar o rechazar una petición de condonación de deuda originada por licencias médicas rechazadas, por tratarse de materias que exceden su ámbito de actuación.

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competencia dirección trabajo, corporación municipal, licencias médicas rechazadas, descuento en remuneraciones,

Departamento Jurídico

Unidad de Dictámenes

e Informes en Derecho

E 221904 (2115) 2023

ORD. N°107

ACTUACIÓN: Aplica doctrina.

MAT.: Licencias médicas rechazadas. Descuento en las remuneraciones. Corporación Municipal.

RORD.: La Dirección del Trabajo carece de competencia para autorizar o rechazar una petición de condonación de deuda originada por licencias médicas rechazadas, por tratarse de materias que exceden su ámbito de actuación.

ANTS.: 1)Instrucciones de Jefa de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho, de 12.02.2025.

2)Instrucciones de Jefe de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho (S), de 13.02.2024.

3)Instrucciones Jefa Departamento Jurídico (S), de 13.09.2023

4)Pase N°680, de Jefe de Gabinete de Director del Trabajo, de 02.09.2023.

5)Oficio N°E373778/2024, de doña xxxxxxxxx, Jefa Unidad de Personal y Responsabilidad Administrativa, de 01.09.2024.

6)Presentación, de 23.06.2023, de doña XXXXXXXX.

SANTIAGO, 24.02.2025

DE:JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

A: xxxxxxxxx

xxxxxxxxxxx

Mediante presentación de antecedente 6), se ha solicitado a la Contraloría General de la República un pronunciamiento sobre la condonación de una deuda generada por una licencia médica rechazada. Dicha petición fue derivada por el organismo contralor a este Servicio, mediante antecedente 5), toda vez que la trabajadora solicitante indica depender de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Colina.

Al respecto, cumplo con informar a Ud. lo siguiente:

Con relación a su presentación, este Servicio carece de competencia para pronunciarse sobre la materia por exceder su ámbito de facultades y atribuciones conferidas mediante el D.F.L N°2 de 1967 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y la restante normativa pertinente. En este sentido se ha pronunciado previamente la Dirección del Trabajo, pudiendo citarse a modo de ejemplo lo dispuesto en el Ordinario N°1298 de 13.08.2023.

En consecuencia, sobre la base de las consideraciones previamente, se hace presente que la Dirección del Trabajo carece de competencia para autorizar o rechazar una petición de condonación de deuda originada por licencias médicas rechazadas, por tratarse de materias que exceden su ámbito de actuación.

Saluda atentamente a Ud.,

NATALIA POZO SANHUEZA

ABOGADA

JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

Distribución

Jurídico - Partes - Control

competencia dirección trabajo, corporación municipal, licencias médicas rechazadas, descuento en remuneraciones,

Catalogación

Referencias legales: dfl 2 de 1967
competencia dirección trabajo, corporación municipal, licencias médicas rechazadas, descuento en remuneraciones,