Ordinarios
Descanso Semanal; Hora de inicio y término de descanso en días domingo y festivos;
ORD.N°432
18-jun-2025
Se encuentra en pleno efecto la disposición contenida en el inciso 1° del artículo 36 del Estatuto Laboral que limita al descanso en días domingo y festivos, regulado en el inciso 1° del artículo 35 del Código del Trabajo, al señalar que éste se inicia a más tardar a las 21 horas del día anterior al domingo o festivo y termina a las 6 horas del día siguiente de éstos.