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Dictámenes y Normativa

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Ordinarios

Ley N°21.647; Reajuste de valor hora mínimo nacional vigente fijado por ley; Establecimiento educacional particular subvencionado conforme al D.F.L N°2, de 1998, del Ministerio de Educación y establecimiento de educación técnico profesional regido por el D.L N°3.166, de 1980, del Ministerio de Educación;

ORD.N°667

26-sep-2025

A contar del 01.06.2024, el valor hora mínimo nacional vigente fijado por la ley para los profesionales de la educación que se desempeñan en el sector particular, el que comprende a establecimientos particulares subvencionados regidos por el D.F.L N°2, de 1998, del Ministerio de Educación y a establecimientos de educación técnico profesional conforme al D.L N°3.166, del Ministerio de Educación Pública, será de $18.425 para el nivel de pre-básica, básica y especial y de $19.386 para el nivel de educación media científico-humanista y técnico-profesional.

ley n°21.647, reajuste de valor hora mínimo nacional vigente fijado por ley; establecimiento educacional particular subvencionado conforme al d.f.l n°2, de 1998, del ministerio de educación y establecimiento de educación técnico profesional regido por el d.l n°3.166, de 1980, del ministerio de educación;
ORD.N°667
ley n°21.647, reajuste de valor hora mínimo nacional vigente fijado por ley; establecimiento educacional particular subvencionado conforme al d.f.l n°2, de 1998, del ministerio de educación y establecimiento de educación técnico profesional regido por el d.l n°3.166, de 1980, del ministerio de educación;

Catalogación

Concordancias directas:ordinario n°667, 26.09.2025
ley n°21.647, reajuste de valor hora mínimo nacional vigente fijado por ley; establecimiento educacional particular subvencionado conforme al d.f.l n°2, de 1998, del ministerio de educación y establecimiento de educación técnico profesional regido por el d.l n°3.166, de 1980, del ministerio de educación;