Ordinarios
Jornada de trabajadores del rubro hotelero; Descanso semanal en días domingo y festivos;
ORD.N°139
17-feb-2026
No se otorgaron argumentos con el suficiente mérito para reconsiderar la doctrina contenida en el Dictamen Nº4.915/76 de 03.10.2016, razón por la cual se rechaza la solicitud de reconsideración de la jurisprudencia contenida en el señalado pronunciamiento.