Ordinarios
Sistema electrónico de registro y control de asistencia;
ORD.N°453
29-oct-2026
El sistema de registro y control de asistencia denominado "PuntoSeguro", consultado por la empresa Soluciones en Seguridad Ltda., RUT Nº76.261.480-4, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
Departamento Jurídico
Unidad de Dictámenes e
Informes en Derecho
E115227 / 2026
ORDINARIO Nº: 453
MATERIA: Sistema electrónico de registro y control de asistencia.
RESUMEN: El sistema de registro y control de asistencia denominado "PuntoSeguro", consultado por la empresa Soluciones en Seguridad Ltda., RUT Nº76.261.480-4, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
ANTECEDENTES: Instrucciones de 07.09.2026 de Jefe de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho. Instrucciones de 28.08.2026 de Jefe de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho. Correo electrónico de 30.06.2026 de Jefa (S) de Departamento de Tecnologías de la Información. Correo electrónico de 30.04.2026 de empresa Soluciones en Seguridad Ltda.
SANTIAGO, 28 SEP 2026.
DE: JEFE (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
A: SRES. SOLUCIONES EN SEGURIDAD LTDA
MAYECURA N°1376
Mediante la presentación del antecedentes 4), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta se ajusta a las exigencias que sobre la materia establece la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, para lo cual se acompaña un informe de certificación emitido por la empresa Ciberlegal S.p.A., Rut 77.180.832-8.
En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 3º del artículo 33 del Código del Trabajo, fueron sometidos al proceso de análisis establecido en el artículo 68º de la Resolución Exenta Nº38, concluyéndose que la plataforma satisface las exigencias contempladas en las tres etapas de revisión.
En consecuencia, analizada la información acompañada, y lo señalado por el Departamento de Tecnologías de la Información de la Dirección del Trabajo en ANT.3), a la luz de las normas legales y reglamentarias invocadas y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado "PuntoSeguro", consultado por la empresa Soluciones en Seguridad Ltda., RUT Nº76.261.480-4, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
Saluda atentamente a Ud.,
PABLO REYES CARREÑO
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)
AMF, RCG
Distribución:
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