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Leyes

Ley Nº 19.070, Estatuto Docente

DFL Nº 1, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 19.070 que aprobó el estatuto de los profesionales de la educación, y de las leyes que la complementan y modifican.

DFL Nº 1, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 19.070 que aprobó el estatuto de los profesionales de la educación, y de las leyes que la complementan y modifican.

Dictámenes relacionados

ORD.N°369

02/06/2025

Estatuto Docente; Establecimiento Educacional Particular Pagado; Jornada ordinaria y extraordinaria de trabajo;

Respecto a la materia consultada debe estarse a lo señalado en el cuerpo del presente informe.

ORD.N°368

02/06/2025

Estatuto Docente; Corporación Municipal; Docente de nivel central; Asignación por Tramo de Desarrollo Profesional; Procedencia;

1) La relación laboral entre los educadores por los que se consulta y la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta queda regida por las normas del Estatuto Docente y, supletoriamente, por el Código del Trabajo y sus leyes complementarias. 2) Tienen derecho a percibir la Asignación por Tramo de Desarrollo Profesional aquellos educadores que integran una dotación docente y que se desempeñan directamente en el nivel central de la Corporación Municipal en funciones técnico-pedagógicas. 3) La Asignación por Tramo de Desarrollo Profesional se incorpora al patrimonio del trabajador en el momento en que se efectúa la prestación de los servicios convenidos, como una obligación pura y simple, no sujeta a condiciones.

ORD.N°343

27/05/2025

Estatuto Docente; Remuneraciones; Bonificación de Reconocimiento Profesional; Docente autorizado;

La calidad de autorizado para el ejercicio de la función docente no faculta al trabajador para percibir el pago de la Bonificación de Reconocimiento Profesional, por no estar comprendido dentro de las situaciones previstas por el legislador para ser beneficiario del estipendio.

ORD. N°114

26/02/2025

Competencia Dirección del Trabajo; Corporación Municipal; Sumario; Docentes;

La Dirección del Trabajo se encuentra impedida de emitir el pronunciamiento solicitado por tratarse de una materia sometida a conocimiento y resolución de los Tribunales de Justicia.

ORD. N°106

24/02/2025

Establecimiento educacional Particular pagado; Recreo; Cuidado de alumnos en patios y comedores;

No resulta legalmente procedente exigir a los docentes de aula, que prestan servicios en los colegios particulares pagados, el cuidado de la disciplina de los alumnos en los patios y en los comedores, durante sus recreos.

ORD. N°908

30/12/2024

Establecimiento educacional Particular pagado; Recreo; Cuidado de alumnos en patios y comedores;

1. Que las disposiciones contenidas en el artículo 80 del Estatuto Docente y el artículo 129 del Decreto N°453 de 1991, del Ministerio de Educación Pública, no resultan aplicables a la jornada de trabajo de los docentes que se desempeñan en establecimientos educacionales particulares pagados. 2. No resulta legalmente procedente exigir a los docentes de aula, que prestan servicios en los colegios particulares pagados, el cuidado de la disciplina de los alumnos en los patios y en los comedores, durante sus recreos.

ORD. N°876

16/12/2024

Protección a la Maternidad; Sala Cuna; Bono compensatorio; Inexistencia Establecimiento autorizado por el Estado;

Se autoriza el pago del bono compensatorio del beneficio de sala cuna, mientras no se haga uso de ese derecho por medio de una de las alternativas previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo y se mantengan las condiciones descritas en el presente informe, esto es, ausencia de sala cuna particular autorizada que ofrezca el servicio de sala cuna en la comuna de Panguipulli.

ORD. N°783

26/11/2024

Asistentes de la Educación; Bono zona extrema; Corporación Municipal;

El asistente de la educación que ha trabajado 15 días en el mes de junio, se le debe pagar la remuneración correspondiente y, por lo tanto, el bono de zona extrema, calculado proporcionalmente al tiempo trabajado en el periodo respectivo.

ORD. N°720

28/10/2024

Competencia Dirección del Trabajo; Relación laboral terminada; Tribunales de Justicia; Estatuto Docente;

La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse sobre si su despido se encuentra o no ajustado a derecho, por corresponder dicha facultad a los Tribunales de Justicia, conforme lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 75 del D.F.L. N°1 de 1996, del Ministerio de Educación que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°19.070, Estatuto Docente.

ORD. N°660

16/10/2024

Estatuto Docente; Feriado; Período de interrupción de actividades escolares; Licencia Médica; Descanso Postnatal;

El otorgamiento de una licencia médica durante el feriado de los docentes, que se desempeñan en un colegio particular subvencionado, no habilita al trabajador para ejercer este derecho en una oportunidad distinta a la establecida por el legislador.

Catalogación

Referencias legales: ley 19.070ley 19.070, articulo 1ley 19.070, articulo 19ley 19.070, articulo 1 transitorioley 19.070, articulo 2ley 19.070, articulo 20ley 19.070, articulo 21ley 19.070, articulo 22ley 19.070, articulo 23 transitorioley 19.070, articulo 24 transitorioley 19.070, articulo 25ley 19.070, articulo 26ley 19.070, articulo 27ley 19.070, articulo 28ley 19.070, articulo 28 bisley 19.070, articulo 29ley 19.070, articulo 29 transitorioley 19.070, articulo 2 transitorioley 19.070, articulo 3ley 19.070, articulo 30ley 19.070, articulo 31ley 19.070, articulo 31 bisley 19.070, articulo 31 transitorioley 19.070, articulo 32ley 19.070, articulo 32 bisley 19.070, articulo 32 transitorioley 19.070, articulo 33ley 19.070, articulo 34ley 19.070, articulo 34-bley 19.070, articulo 34 cley 19.070, articulo 35ley 19.070, articulo 35 transitorioley 19.070, articulo 36ley 19.070, articulo 36 bisley 19.070, articulo 37ley 19.070, articulo 37 transitorioley 19.070, articulo 38ley 19.070, articulo 38 transitorioley 19.070, articulo 3 transitorioley 19.070, articulo 4ley 19.070, articulo 40ley 19.070, articulo 41ley 19.070, articulo 41 bisley 19.070, articulo 42ley 19.070, articulo 43ley 19.070, articulo 44ley 19.070, articulo 45 bisley 19.070, articulo 46ley 19.070, articulo 47 bisley 19.070, articulo 48ley 19.070, articulo 49ley 19.070, articulo 5ley 19.070, articulo 50ley 19.070, articulo 51ley 19.070, articulo 52ley 19.070, articulo 53ley 19.070, articulo 54ley 19.070, articulo 55ley 19.070, articulo 56ley 19.070, articulo 58ley 19.070, articulo 5 transitorioley 19.070, articulo 6ley 19.070, articulo 60ley 19.070, articulo 63ley 19.070, articulo 64ley 19.070, articulo 65ley 19.070, articulo 69ley 19.070, articulo 6 transitorioley 19.070, articulo 7ley 19.070, articulo 70ley 19.070, articulo 71ley 19.070, articulo 72ley 19.070, articulo 73ley 19.070, articulo 74ley 19.070, articulo 75ley 19.070, articulo 78ley 19.070, articulo 79ley 19.070, articulo 7 transitorioley 19.070, articulo 8ley 19.070, articulo 80ley 19.070, articulo 81ley 19.070, articulo 82ley 19.070, articulo 83ley 19.070, articulo 85ley 19.070, articulo 86ley 19.070, articulo 87ley 19.070, articulo 88ley 19.070, articulo 89ley 19.070, articulo articulo 24 transitorio