feriado obligatorio
Dictamen destacado
ORD. N°3175/33
Materias únicas: feriado obligatorio
Fecha: 25-nov-2020
1) El domingo 29 de noviembre de 2020, fecha en que debe efectuarse el proceso de elecciones primarias de candidatos de Alcaldes y Gobernadores Regionales, constituye feriado obligatorio para los trabajadores comprendidos en el artículo 38 N°7 del Código del Trabajo, que laboran en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica, y que se encuentren ubicados en las comunas y/o regiones en que han de desarrollarse las referidas primarias, por lo que tales dependientes se encuentran liberados de prestar servicios durante esa jornada. 2) Los trabajadores que no están en la situación anterior y que se encuentran legalmente exceptuados del descanso en día domingo y festivos en virtud del citado artículo 38 del Código del Trabajo y que, por lo tanto, les corresponda prestar servicios el próximo domingo 29 de noviembre, tienen derecho a ausentarse de sus labores durante un lapso e dos horas para concurrir a sufragar en las primarias que ese día se desarrollen en sus comunas y/o regiones, sin que ello implique menoscabo en sus remuneraciones, como asimismo, a que se les concedan los permisos necesarios para cumplir las funciones de vocal de mesa, miembro del Colegio Escrutador o delegado de la Junta Electoral.
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Dictámenes
Fecha: 16/09/2011
1) Feriado obligatorio 19 de septiembre 2011. Dependientes del Comercio. Aplicabilidad.2) Feriado obligatorio 19 de septiembre 2011. Personal Excluido. 3) Feriado obligatorio 19 de septiembre 2011. Establecimientos comerciales apertura. Procedencia. Atención personal propietario.4) Feriado obligatorio 19 de septiembre 2011. Aplicabilidad "Tiendas de conveniencia".5) Feriado obligatorio 19 de septiembre 2011. Duración.
Dictámenes
Fecha: 22/12/2010
1) Descanso semanal feriado 25 diciembre - 1º enero - inicio dependientes del comercio. 2) Feriado obligatorio 25 diciembre y 1º enero - inicio descanso dependientes del comercio.
Dictámenes
Fecha: 16/09/2010
1) Feriado obligatorio 19 y 20 de septiembre 2010. Dependientes del Comercio. Aplicabilidad.2) Feriado obligatorio 19 y 20 de septiembre 2010. Personal Excluido. 3) Feriado obligatorio 19 y 20 de septiembre 2010. Establecimientos comerciales apertura. Procedencia. Atención personal propietario.4) Feriado obligatorio 19 y 20 de septiembre 2010. Aplicabilidad "Tiendas de conveniencia".5) Feriado obligatorio 19 y 20 de septiembre 2010. Duración.
Dictámenes
Fecha: 13/09/2010
Feriados obligatorios. 01º de mayo, 18 de septiembre, 25 de diciembre y 1º de enero. Descanso semanal. Duración.Feriados obligatorios. 01º de mayo, 18 de septiembre, 25 de diciembre y 1º de enero. Dependientes del comercio. Personal excluido.
Dictámenes
Fecha: 14/09/2007
1) - Descanso semanal. Feriado 17.09.2007. Procedencia. - Descanso compensatorio. Feriado 17.09.2007. Procedencia. 2) - Feriado obligatorio. 1 de mayo, 18 de septiembre, 25 de diciembre y 1 de enero. Dependientes del Comercio. Aplicabilidad. - Feriado obligatorio. 1 de mayo, 18 de septiembre, 25 de diciembre y 1 de enero. Dependientes del Comercio. Personal excluido. 3) - Feriado obligatorio. 1 de mayo, 18 de septiembre, 25 de diciembre y 1 de enero. Duración. 4) - Feriado obligatorio. 1 de mayo, 18 de septiembre, 25 de diciembre y 1 de enero. Establecimientos comerciales. Apertura. Procedencia. Atención personal propietario. 5) - Feriado obligatorio. 18 de septiembre. Descanso adicional convencional. Compatibilidad.