Contenido principal

Dictámenes y Normativa

Búsqueda simple
Ejemplo: 4919/115
Período

Artículo 183

Texto

     Art. 183. Los desembolsos que demanden las actividades         L. 18.620
de capacitación de los trabajadores son de cargo de las             ART. PRIMERO
respectivas empresas. Estas pueden compensar tales                  Art. 170
desembolsos, así como los aportes que efectúan a los
organismos técnicos intermedios, con las obligaciones
tributarias que las afectan, en la forma y condiciones que
se expresan en el Estatuto de Capacitación y Empleo.

Documentos relacionados codigo del trabajo, articulo 183 (3)

Ordinarios

ORD. N°5982

Fecha: 16/12/2016

Dirección del Trabajo; Competencia; Finiquito; Empresa principal; Obligación de higiene y seguridad;

Ordinarios

ORD. N°824

Fecha: 20/02/2013

Guardias de seguridad; Cursos de Capacitación; Descanso compensatorio; Días domingo;

Dictámenes

ORD. Nº4924/269

Fecha: 19/08/1997

Contrato individual; Legalidad de cláusula; Fianza; Libertad de trabajo;