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Dictámenes y Normativa

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Dictamen destacado

ORD. N°2852

Materias únicas: protección a la maternidad
Fecha: 17-dic-2021

El empleador no puede poner término al contrato de trabajo de la mujer embarazada sin autorización judicial previa, y en caso de haber operado el despido por ignorancia de éste, la trabajadora debe ser reincorporada y pagadas sus remuneraciones devengadas durante el tiempo que permaneció indebidamente separada.

Documentos relacionados ordinario 2892 de 07.08.1978 (1)

Dictámenes

ORD. Nº795/63

Fecha: 01/03/2000

Fuero maternal; Alcance;