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Dictámenes y Normativa

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ORD. Nº1712/142

Materias únicas: aplicación - contrato indivudual - falta de escrituración - multa
Fecha: 02-may-2000

La multa a beneficio fiscal que se contempla en el inciso 2º del artículo 9 del Código del Trabajo, debe aplicarse por cada trabajador respecto del cual un empleador no haga constar por escrito su contra­to de trabajo en los plazos que dicho precepto consigna.

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Dictámenes

ORD. Nº 1712 / 142

Fecha: 02/05/2000