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Dictámenes y Normativa

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Dictamen destacado

ORD. Nº2988/165

Materias únicas: instrumento colectivo - interpretación - negociación colectiva
Fecha: 08-jun-1999

Corresponde pago de viático de $2.828 por almuerzo o comida,según anexo Nº 7 de contrato colectivo de julio de 1997, celebrado entre Empresa de Ferrocarriles del Estado y Sindicato de Trabajadores Ferroviarios Nº 1 de Valparaíso, cuando se pernocta en lugares en los cuales la mencionada empresa no tiene convenio con hoteles u hogares o bien cuando en ellos la empresa ofrece casinos, hogares ferroviarios o casita pero no se proporciona la alimentación.