dictamen 6082/386 de 16.12.1999
Dictamen destacado
ORD.N°38
Materias únicas: Aplicación a trabajadores desafiliados - Instrumento colectivo vigente - Negociación colectiva
Fecha: 19-ene-2026
Acorde a la doctrina citada en el cuerpo de este informe el trabajador que, se ha desafiliado de la organización sindical estando afecto a un instrumento colectivo, deberá seguir pagando la cuota sindical a su antiguo sindicato y conserva el derecho a gozar de los beneficios pactados en dicho instrumento hasta el cese de su vigencia, toda vez que sólo el término de la relación laboral determinará la pérdida de los mismos.
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