dictamen 113/14 de 09.01.1998
Dictamen destacado
ORD.: Nº113/14
Materias únicas: instrumento colectivo - interpretación - negociación colectiva
Fecha: 09-ene-1998
Se rechaza solicitud de reconsideración de dictamen Nº 4075-233, de 14.07.97, por el cual se concluye que el reajuste de cláusula 1ª de contrato colectivo celebrado entre Empresa Fábrica de Puertas y Ventanas Juan Vial Grez y el Sindicato de Trabajadores es exigible el 1º de abril de 1998 y de 1999, por no haber antecedentes suficientes para variar tal conclusión.
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Dictámenes
Fecha: 09/01/1998
Negociación colectiva; Instrumento colectivo; Interpretación;