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Dictamen destacado

ORD. Nº617/6

Materias únicas: beneficio de la prórroga - bono por retiro - competencia - corporación municipal - de considerar fracciones de mes - derecho a bono post laboral - dirección del trabajo - ley 20.305 - ley 20.501 - monto - pago adicional - procedencia
Fecha: 07-feb-2013

1) El contrato de trabajo de la docente doña Teresa Concha Contenla, se entenderá prorrogado por los meses de enero y febrero de 2013, en la medida que la bonificación por retiro prevista en el artículo 9º transitorio de la Ley Nº20.501, le hubiere sido pagada por la Corporación de Educación de Talagante en el transcurso del mes de diciembre de 2012 cumpliéndose, además, con el requisito de antigüedad exigido en el artículo 41 bis de la Ley Nº 19.070. 2) Para los efectos del cálculo del monto a pagar a doña Teresa Concha Contenla, por la bonificación en referencia, no se debe considerar la fracción inferior a seis meses de servicios prestados a la Corporación Municipal. 3) No existe norma legal que dé derecho a la docente de que se trata a percibir, una vez terminado su contrato de trabajo, cinco meses de pago adicional a la bonificación por retiro de que se trata. 4) La solicitud para acceder al bono post laboral establecido en la Ley Nº20.305, modificada por la Ley Nº20.636, debe ser presentada ante la Corporación Municipal de Talagante, quien lo remitirá a la respectiva Municipalidad para que, con el mérito de los antecedentes, dicte el acto administrativo correspondiente y lo envíe al Servicio de Tesorerías para su pago, careciendo este Servicio de competencia para intervenir al respecto.