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Dictámenes y Normativa

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Dictamen destacado

ORD.: Nº6694/312

Materias únicas: bono especial - ley 19.429 - procedencia - reajuste - reajuste ley 19.429
Fecha: 02-dic-1996

Los trabajadores de la Corporación Municipal de Peñalolén para el Desarrollo Social (CORMUP), que no presten servicios en un establecimiento educacional no tienen derecho al pago de la bonificación otorgada por el artículo 20 de la Ley Nº 19. 429.