ordinario 5586, 17.11.2017
Dictamen destacado
ORD. N°707
Materias únicas: Negociación Colectiva
Fecha: 12-may-2023
1. Las partes son libres para acordar el incentivo de un determinado aspecto de la relación laboral, como podría ser, la puntualidad, a través del pago de un monto determinado que se encuentre sujeto al cumplimiento de ciertos requisitos o condiciones que ellas mismas fijen. 2. La modificación de los requisitos o condiciones para acceder al pago de un bono, establecidas en el intrumento colectivo vigente debe cumplir con las formalidades que la ley establece.
Documentos relacionados ordinario 5586, 17.11.2017 (2)
Ordinarios
Fecha: 01/04/2019
Estatuto Docente; Ley de Inclusión Escolar; Ultraactividad de instrumento colectivo; Fines educativos;
Ordinarios
Fecha: 17/11/2017
Estatuto Docente; Ley de inclusión escolar, fin al lucro y termino al financiamiento compartido, Traspaso de particular subvencionado a particular pagado, consecuencias, remuneraciones, Corporación con fines de lucro a sin fines de lucro, Continuidad Laboral, Recursos a fines educativos, Gratificaciones