Contenido principal

Dictámenes y Normativa

Búsqueda simple
Ejemplo: 4919/115
Período

Dictamen destacado

ORD. N°1777

Materias únicas: protección a la maternidad
Fecha: 11-oct-2022

El empleador que cumple su obligación de proporcionar el beneficio de sala cuna a través de la modalidad establecida en el inciso 5° del artículo 203 del Código del Trabajo, esto es, pagando directamente al establecimiento al que la trabajadora lleva a su hijo menor de dos años, debe cubrir íntegramente el costo que ello representa sin que resulte procedente que la trabajadora contribuya con una suma de dinero a solventar dicho gasto.

Documentos relacionados dictmen 917/18, 26.02.2015 (3)

Ordinarios

ORD. N°535

Fecha: 05/04/2022

Protección a la Maternidad; Sala Cuna; Irrenunciabilidad; Obligación; Cumplimiento; Infracción;

Ordinarios

ORD. N°343

Fecha: 01/02/2021

Sala Cuna; Bono compensatorio; sin autorización de pago;

Ordinarios

ORD. N°5914

Fecha: 06/12/2017

Sala cuna; Bono compensatorio; Pago íntegro; Obligación del empleador;