Contenido principal

Dictámenes y Normativa

Búsqueda simple
Ejemplo: 4919/115
Período

Dictamen destacado

ORD. Nº3674/220

Materias únicas: comisiones - horas extraordinarias - instrumento colectivo - interpretación - negociación colectiva - procedencia
Fecha: 19-jul-1999

1) El día completo de descanso o día libre que contempla la cláusula Décimo Séptima del contrato colectivo suscrito entre la empresa Falabella S.A.I.C. y el Sindicato Nº 2 constituido en ella, debe remunerarse calculado sobre el promedio que resulta de lo devengado por concepto de comisiones en la respectiva semana. 2) Los trabajadores remunerados exclusivamente a base de comisión, no tienen derecho al pago de horas extraordinarias.

Documentos relacionados dictamen 6373/367, 17.11.1994 (9)

Dictámenes

ORD.: Nº4444/245

Fecha: 28/07/1997

Semana corrida; Procedencia; Descanso semanal; Infracción; Efectos; Horas extraordinarias; Base de cálculo;

Dictámenes

ORD.: Nº3927/154

Fecha: 11/07/1996

Semana corrida; Procedencia; Comisión; Semana corrida; Remuneraciones mensuales accesorias; Procedencia;

Dictámenes

ORD.: Nº3020/122

Fecha: 23/05/1996

Semana corrida; Procedencia; Comisión; Semana corrida; Remuneraciones accesorias mensuales; Incidencia;

Dictámenes

ORD.: Nº2964/113

Fecha: 20/05/1996

Semana corrida; Procedencia; Comisión; Semana corrida; Remuneraciones accesorias mensuales; Incidencia;

Dictámenes

ORD. Nº6553/289

Fecha: 23/10/1995

Semana corrida; Procedencia; Remuneración mensual garantizada; Dirección de trabajo; Dictámenes Efectos en el tiempo;

Dictámenes

ORD. Nº6487/287

Fecha: 19/10/1995

Semana corrida; Procedencia; Remuneración mensual garantizada; Dirección del trabajo; Dictámenes efectos en el tiempo;

Dictámenes

ORD. Nº6416/284

Fecha: 17/10/1995

Semana corrida; Procedencia; Comisión;

Dictámenes

ORD. Nº4056/200

Fecha: 03/07/1995

Semana corrida; Ambito de aplicación; Semana corrida; Procedencia; Trato;

Dictámenes

ORD. Nº1924/94

Fecha: 27/03/1995

Semana corrida Procedencia Remuneración mensual garantizada.