ordinario 4346, 10.09.2019
Dictamen destacado
ORD. N°4346
Materias únicas: Sala cuna
Fecha: 10-sep-2019
No resulta jurídicamente procedente autorizar el pago de un bono compensatorio de sala cuna, atendido que en la especie existen establecimientos debidamente autorizados que permiten al empleador cumplir con la obligación prevista en el artículo 203 del Código del Trabajo.
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Ordinarios
Fecha: 10/09/2019
Sala cuna; Bono compensatorio; Deniega autorización; Establecimientos autorizados;