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Dictámenes y Normativa

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Dictamen destacado

ORD. N°351

Materias únicas: Salud y seguridad en el trabajo
Fecha: 01-feb-2021

1.- En el caso de una trabajadora embarazada que sigue prestando servicios en su lugar de trabajo, el empleador puede adoptar alguna de las medidas alternativas de cumplimiento de las obligaciones laborales indicadas en el dictamen N°1239/5 de 19.03.2020. 2.- En la medida que su empleador no cumpla con la obligación de adoptar las medidas necesarias para proteger eficazmente su vida y salud, considerando su estado de embarazo, la asistencia a su lugar de trabajo podría considerarse dentro de las situaciones de riesgo grave e inminente tanto para su vida y salud como para la del hijo que está por nacer, que autorizarían el derecho de la trabajadora a interrumpir sus labores y abandonar el lugar de trabajo, situación que deberá ser puesta en conocimiento de su empleador en el más breve plazo.

Documentos relacionados dictamen 4879/281, 21.09.1999 (1)

Ordinarios

ORD. N°2249

Fecha: 03/08/2020

Salud y seguridad en el Trabajo; Deber de protección; Riesgo grave o inminente; Trabajadora embarazada;