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Dictamen destacado

ORD. N°2898

Materias únicas: remuneración integra
Fecha: 23-dic-2021

La remuneración íntegra correspondiente a días de feriado continuos que se extienden por dos meses continuos, en el caso de remuneraciones variables, debe liquidarse sobre la base de los mismos últimos tres meses trabajados.

Documentos relacionados ordinario 2898, 23.12.2021 (1)

Ordinarios

ORD. N°2898

Fecha: 23/12/2021

Remuneración Integra; Liquidación; Feriado;