ordinario 5577, 03.11.2015
Dictamen destacado
ORD. N°5577
Materias únicas: competencia direccion del trabajo
Fecha: 03-nov-2015
Esta Dirección carece de competencia para determinar el sentido y alcance que debe darse a la cláusula del artículo 14 del contrato colectivo celebrado entre Endesa Chile S.A. y el Sindicato Nacional Interempresa de Ingenieros de Ejecución y Profesionales de ENDESA Chile y Filiales, Coligadas, Relacionadas, Vinculadas y con Participación Societaria SIEP, que contempla el beneficio denominado asignación por turnos de operación de centrales generadoras.
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Ordinarios
Fecha: 03/11/2015
Dirección del Trabajo; Competencia; Materia laboral controvertida;