Contenido principal

Dictámenes y Normativa

Búsqueda simple
Ejemplo: 4919/115
Período

Dictamen destacado

ORD.N°329

Materias únicas: Sueldo - Base de Cálculo - Horas Extraordinarias
Fecha: 16-may-2025

1) El beneficio denominado "Incentivo de Producción", pactado en el contrato colectivo, constituye una remuneración variable, por lo que no puede ser incluido en la base de cálculo prevista en el inciso tercero del artículo 32 del Código Del Trabajo, que corresponde percibir a los trabajadores afectos a dicho instrumento por la realización de horas extraordinarias. 2) Por el contrario, la "Bonificación Trabajo Nocturno", tiene el carácter de sueldo y, por lo tanto, debe ser considerada para los efectos del cálculo de la remuneración por horas extraordinarias.

Documentos relacionados Base de Cálculo (6)

Dictámenes

ORD. N°515/12

Fecha: 24/01/1990

Competencia Dirección del Trabajo; Tribunales de Justicia; Base de Cálculo; Horas extraordinarias;

Ordinarios

ORD. N°459

Fecha: 31/03/2023

Base de Cálculo; Horas extraordinarias; Bonos; Calificación; Sueldo;

Ordinarios

ORD.N°329

Fecha: 16/05/2025

Horas Extraordinarias; Base de Cálculo; Sueldo;

Dictámenes

ORD. N°24/2

Fecha: 03/01/1990

Remuneración; Base de Cálculo;

Ordinarios

ORD. N°1469

Fecha: 08/04/2013

Remuneraciones; Base de Cálculo; Gratificación; Reajuste; Ingreso Mínimo;

Ordinarios

ORD. N°1176

Fecha: 21/03/2013

Jornada de Trabajo; Distribución; Horas extraordinarias; Base de Cálculo; Sueldo Mensual;