Código del trabajo, artículo 145-C
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Ordinarios
Fecha: 03/02/2026
Trabajadores de las artes y espectáculos; jornada; jornada extraordinaria; remuneraciones;
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Trabajadores de las artes y espectáculos; jornada; jornada extraordinaria; remuneraciones;
600 450 4000 atiende de Lunes a Viernes, de 09:00 a 17:00 horas.
Inspecciones y Oficinas atienden de Lunes a Viernes, de 09:00 a 14:00 horas.