ordinario n°362, 17.08.2026
Dictamen destacado
ORD.N°362
Materias únicas: Inexistencia sala cuna autorizada - Bono compensatorio - Sala cuna
Fecha: 17-ago-2026
Se autoriza el pago del bono compensatorio del beneficio de sala cuna, mientras no se haga uso de ese derecho por medio de una de las alternativas previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo y se mantengan las condiciones descritas en el presente informe, esto es, ausencia de un establecimiento particular autorizado que ofrezca dicho servicio en la comuna de Río Bueno.
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Ordinarios
Fecha: 17/08/2026
Sala cuna; Bono compensatorio; Inexistencia sala cuna autorizada;